DECRETO 2.496, DEL 20 DE OCTUBRE DE 2016: TOMA DE LOS ESPACIOS OCIOSOS PARA FINES AGRÍCOLAS URBANOS
En la línea de lo desarrollado en el artículo "Venezuela y Francia aprueban toma de espacios ociosos y cultivos agrícolas en las zonas urbanas", se facilita a continuación una presentación del decreto con el propósito de difundir más efectivamente su contenido.
Al respecto, se informa que el pregonero agrourbano PSUV por la parroquia San Juan prepara llamar a una mesa de agrourbana territorial con el fin de implementar en la práctica el alcance del referido decreto. Existen espacios ociosos con dueños corporativos o individuales, abandonado u ociosos, susceptibles de ser tomados por la comunidad organizada.
Se invita a través de la sección de comentarios del escrito o a través del correo caracasnuestra@hotmail.com aportar al respecto: ¿ha visualizado usted un espacio? ¿Quiere compartirlo con nosotros y emprender acciones legales, apoyado en el poder popular?
-- Oscar J. Camero, @animalpolis
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